Si bien no todos los motivos de rechazo se pueden solucionar fácilmente, la mayoría de ellos sí. Los rechazos a menudo se deben a algunas razones comunes, por lo que estar preparado y usar la experiencia de un abogado de inmigración puede ayudarlo a evitar un rechazo y, lo que es más importante, demoras en el proceso de inmigración para su familia. Estas son las cinco razones principales por las que su solicitud de patrocinio podría ser denegada:
No cumple con los requisitos de ingresos para ser patrocinador
Para ser elegible para patrocinar a su familia, debe cumplir con algunos requisitos. Según la Oficina de Asuntos Consulares, los dos criterios más importantes son que tenga al menos 21 años y que actualmente sea ciudadano estadounidense o residente permanente legal.
Más allá de eso, su petición también necesita demostrar que usted:
- Cumple con los requisitos de ingresos mínimos para el tamaño de su hogar
- Obtiene sus ingresos de manera legal, es decir, tiene una autorización de trabajo de los EE. UU. y paga sus impuestos
Algunas circunstancias pueden permitir que aquellos que no alcanzan el umbral de ingresos presenten sus peticiones de todos modos, incluso si es miembro de las fuerzas armadas o si tiene un patrocinador conjunto.
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Actualmente no vive en los Estados Unidos
Como se indicó anteriormente, debe ser ciudadano estadounidense o titular de una Green Card para convertirse en patrocinador. Sin embargo, también debe tener un “domicilio” legal para calificar, según la “Declaración jurada de apoyo I-864 (preguntas frecuentes)” de la Oficina de Asuntos Consulares.
Un domicilio es su residencia principal (Estados Unidos). Debe cumplir con estos criterios para demostrar que califica:
- Tiene la intención de permanecer en esta residencia en el futuro previsible.
- Si es titular de una Green Card, debe mantener su estatus de residente permanente legal (LPR, por sus siglas en inglés).
Excepciones a la regla del domicilio
Si no cumple con estos requisitos, puede caer en una de las excepciones a la regla. Todavía puede ser un patrocinador y vivir fuera de los Estados Unidos si:
- Está destinado en el extranjero como empleado del gobierno de los EE. UU.
- Está destinado en el extranjero como investigador reconocido por la Oficina de Seguridad Nacional de EE. UU.
- Está temporalmente en el extranjero como parte del comercio exterior con una empresa estadounidense o su subsidiaria.
- Está temporalmente en el extranjero como parte de una organización internacional pública en la que los EE. UU. participan por tratado o estatuto.
- Está temporalmente en el extranjero como parte de una organización religiosa reconocida como genuina en los Estados Unidos.
- Está temporalmente en el extranjero como misionero religioso.
También puede probar que aún cumple con los criterios de domicilio presentando evidencia de que es empleado de ciertas organizaciones, que está en el extranjero solo temporalmente y que mantiene su residencia en los EE. UU. y que planea regresar a los Estados Unidos antes de la llegada de su familiar patrocinado.
Su solicitud ha sido falsificada
Las solicitudes falsificadas deliberadamente no solo resultarán en un rechazo, sino que también podrían resultar en cargos penales y deportación.
Según 18 USC 1546, es un delito penal falsificar formularios de inmigración. Los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) describen estas penas. De acuerdo con este artículo, también puede estar sujeto a sanciones civiles si no proporciona un cambio de dirección dentro de los 30 días posteriores a la mudanza.
Si no proporcionó un cambio de dirección sabiendo que su inmigrante patrocinado estaba recibiendo ciertos beneficios públicos, podría enfrentar multas sustanciales.
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Su solicitud está incompleta
El proceso de solicitud puede ser complejo y llevar mucho tiempo. Es fácil cometer errores que pueden dar motivos al USCIS para denegar su petición. Por ejemplo, su solicitud puede ser denegada si no incluye documentación que muestre:
- Su estado de residencia o ciudadanía
- Su domicilio
- Su comprobante de ingresos
- Evidencia de bienes en lugar de prueba de ingresos
- Prueba de estado militar activo, si corresponde
- Prueba de la relación familiar del inmigrante y su residencia en su hogar, si ya vive en los Estados Unidos
Estas instrucciones y más se pueden encontrar en el “Formulario I-864, Declaración Jurada de Apoyo Bajo la Sección 213A de la INA”.
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Solicitó apoyo a familiares que no son elegibles para el patrocinio
Finalmente, es posible que haya entendido mal quién puede ser elegible para la residencia permanente. De acuerdo con las pautas del USCIS sobre la “Green Card para Inmigrantes de Preferencia Familiar”, un ciudadano estadounidense puede presentar una solicitud para cualquiera de los siguientes miembros de la familia:
- Su cónyuge (segunda preferencia)
- Hijos solteros mayores de 21 años (primera preferencia)
- Hijos e hijas casados (tercera preferencia)
- Hermanos y hermanas (cuarta preferencia)
Un residente permanente legal tiene un poco menos de opciones que un ciudadano estadounidense. Son elegibles para presentar una solicitud en nombre de:
- Su cónyuge (segunda preferencia)
- Hijos solteros menores de 21 años (segunda preferencia)
- Hijos solteros mayores de 21 años (segunda preferencia)
El orden de preferencia para miembros de la familia solo significa que las preferencias más altas recibirán prioridad entre otros solicitantes de preferencias más bajas.
Nuestros abogados de inmigración pueden ayudarlo a presentar, apelar o volver a presentar su petición
El proceso de inmigración es complejo. En New Frontier Immigration Law, hemos dedicado años a aprender los entresijos de la ley de inmigración, para que podamos ayudar a las personas a alcanzar sus metas. Su futuro no debería estar en espera debido a pequeños errores en el proceso de solicitud. Permita que nuestro equipo maneje su proceso de solicitud, apelaciones y otros asuntos de inmigración para que no enfrente demoras innecesarias.