Si ha concluido con éxito el proceso de solicitud para la asignación de una Visa-T, es probable que se pregunte qué sigue después de que ha obtenido el permiso temporal de radicar legalmente en Estados Unidos. Existen algunos temas de los que debería estar enterado, así como normas que debe cumplir durante su tiempo en el país.
A continuación, responderemos algunas preguntas frecuentes sobre la Visa-T y qué puede hacer ahora que se le ha otorgado el estatus de No Inmigrante T. En New Frontier Immigration Law, despejaremos todas sus dudas.
¿Cómo Prepararse para el Entrevista de Ajuste de Estatus Después de la Aprobación de la Visa T?
Después de que tu visa T es aprobada, el siguiente paso crucial es prepararte para la entrevista de ajuste de estatus. Esta entrevista determinará si puedes obtener la residencia legal permanente en los EE. UU. Asegúrate de reunir toda la documentación necesaria, como pruebas de tu historial y evidencia de tu situación actual. Además, es importante estar listo para responder preguntas sobre tu experiencia como víctima de trata y tu situación actual. Considera la posibilidad de consultar con un abogado especializado en inmigración para maximizar tus posibilidades de éxito en esta etapa.
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¿Cuál es la vigencia de la Visa-T?
Por lo general, las personas que obtienen el estatus de No Inmigrante T a través de una Visa-T, lo mantienen durante 4 años. Después de que este tiempo haya transcurrido, usted debe dejar el país, ya que este periodo solo se puede extender si prueba alguna de las siguientes situaciones:
- Obtenga un certificado de la agencia federal encargada que indique que su estadía debe prolongarse por necesidad de la investigación que todavía transcurre.
- Demuestre que se encuentra bajo circunstancias excepcionales que requieran su permanencia en Estados Unidos.
- Solicita la (Tarjeta de residencia) Green Card y esta se encuentre en proceso de deliberación.
Beneficios estatales y federales que otorga la Visa-T
Como portador de una Visa-T, usted tiene derecho a laborar legalmente, solicitar la actualización de su estatus si es elegible para la residencia permanente, así como solicitar el estatus de No Inmigrante T derivado para ciertos familiares cualificados. Además, puede tener acceso a diferentes servicios estatales y federales, tales como:
- Asistencia para vivienda: es elegible para solicitar viviendas en renta con precios accesibles.
- Asistencia para alimentos: tiene la posibilidad de aplicar al Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP, por sus siglas en inglés), para recibir una tarjeta electrónica de vales de despensa.
- Asistencia para ingresos: puede solicitar la Asistencia en efectivo para refugiados (RCA, por sus siglas en inglés) para recibir apoyo económico hasta por 12 meses, siempre y cuando estén registrados en programas que los ayuden a conseguir empleo.
- Asistencia para el empleo: se le otorga el beneficio de aplicar a programas diseñados para encontrar empleo, obtener el certificado de secundaria o aprender algún oficio.
- Clases de inglés: puede optar por tomar clases del idioma para facilitar su estadía.
- Asistencia médica: puede ser elegible para Medicaid o solicitar la Asistencia médica para refugiados (RMA, por sus siglas en inglés).
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Cómo viajar fuera de Estados Unidos con la Visa-T
Después de haber obtenido la Visa-T, usted puede salir del territorio estadounidense siempre y cuando cumpla con las siguientes normativas:
- no extender más de 90 días su estadía fuera del país;
- no sumar más de 180 días entre viajes por periodos cortos.
Estas reglas tienen la finalidad de que usted cumpla con el criterio de permanencia continua en Estados Unidos y, de esta manera, ser candidato elegible para obtener la residencia permanente. Si por algún motivo es necesario extender su estadía fuera del país, tendrá que otorgar un documento comprobatorio del oficial encargado de la investigación donde se justifique su ausencia.
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Solicitud de la residencia legal permanente con la Visa-T
Si bien, el estatus de No Inmigrante T tiene una duración de 4 años, usted tiene la opción de solicitar la Green Card después de que los primeros 3 años hayan transcurrido o una vez que la investigación del caso de trata haya concluido, cualquiera de los dos casos que suceda primero.
Para ser un candidato elegible a la residencia legal permanente, necesita:
- Haber obtenido previamente y mantener el estatus de No Inmigrante T hasta el momento de realizar la solicitud de actualización de estatus.
- Haber permanecido durante 3 años consecutivos en Estados Unidos.
- Haber tenido un buen carácter moral mientras tenía la Visa-T y a lo largo de la solicitud de la residencia legal permanente.
- Haber ayudado de manera activa con la investigación de casos de trata de personas.
- Haber tenido menos de 18 años al momento de ser víctima de la trata de personas.
Formulario I-485
El Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus es el que deberá presentar junto con la evidencia pertinente para probar que cumple con todos los requisitos para ser elegible a obtener la Green Card. Además, deberá adjuntar el Informe Médico y Registro de Vacunación.
El costo de la solicitud depende de la situación particular en la que presente el formato:
- $750 si usted tiene menos de 14 años y presenta el formulario adicional de al menos uno de sus dos padres;
- $1,140 si tiene menos de 14 años y no presentará ningún formulario adicional;
- $1,140 usted se encuentra en el rango de edad de 14 a 78 años de edad;
- $1,140 usted tiene 79 años en adelante;
- $0 si presenta el formulario en calidad de refugiado.
Familiares elegibles para el estatus de No Inmigrante T-2
Como persona con estatus de No Inmigrante T, usted puede solicitar la Visa-T para ciertos familiares elegibles. Estos dependen de su edad al momento de recibir su Visa-T, por lo que el criterio de elegibilidad se aplica de la siguiente manera:
- Si usted es menor de 21 años, puede solicitar el estatus de No Inmigrante T derivado para sus padres, su cónyuge, sus hermanos solteros que sean menores de 18 años y sus hijos solteros que sean menores a 21 años.
- Si usted tiene 21 años en adelante, solo podrá hacer la solicitud para su cónyuge y sus hijos solteros que tengan menos de 21 años.
Este criterio tiene algunas excepciones. Podrá solicitar la Visa-T para sus padres, hermanos solteros que tengan menos de 18 años, así como para sus hijos sin importar la edad o su estatus matrimonial, siempre y cuando estos corran el riesgo de sufrir represalias.
En New Frontier Immigration Law estamos listos para despejar todas sus dudas
Ahora que cuenta con el estatus de No Inmigrante T, puede gozar de los beneficios antes mencionados. Si bien, al menos por ahora, no tendrá que continuar realizando trámites, es importante saber que toda la información que pueda obtener es muy valiosa para el futuro, sobre todo si planea solicitar la actualización de estatus a residente legal permanente.
Un abogado de inmigración puede orientarlo sobre los requisitos previos que deberá cumplir para lograr ser candidato a la residencia legal, como la presencia física ininterrumpida en el país, entre otros. Contacte a New Frontier Immigration Law al (623) 688-0854, responderemos con gusto a todas sus preguntas.