Mientras que las prohibiciones de tres y diez años se refieren al tiempo que no se puede ingresar a Estados Unidos, la prohibición de cinco años se refiere al tiempo que una persona no ciudadana calificada debe esperar para obtener cobertura de Medicaid y el Programa de Seguro Médico para Niños (CHIP). En resumen, después de obtener el estatus de inmigrante "calificado", una persona debe esperar cinco años antes de calificar para cualquiera de estos programas.
Los no ciudadanos calificados son:
- tarjetas verdes
- Asilados
- Refugiados
- Cubanos
- Haitianos
- Víctimas de la trata de personas.
- Miembros de tribus indígenas reconocidas a nivel federal o indígenas americanos nacidos en Canadá
- No ciudadanos maltratados
- Aquellos que hayan sido puestos en libertad condicional en los EE. UU. por al menos un año
- A los que se les conceda la retención de deportación.
- Ciudadanos de las Islas Marshall, Micronesia y Palaos que viven en un estado o territorio de EE. UU.
Medicaid y CHIP
Medicaid está diseñado para ayudar a los pacientes de bajos ingresos a pagar sus gastos médicos. Este programa de asistencia ofrece apoyo gubernamental a quienes más lo necesitan para garantizar que reciban la atención médica necesaria.
CHIP ofrece cobertura médica de bajo costo a niños que pertenecen a familias que:
- Ganar demasiado para calificar para Medicaid
- No puede permitirse un seguro privado
En algunos casos, CHIP también está disponible para mujeres embarazadas.
Los estados tienen la opción de eliminar la prohibición de cinco años para menores o mujeres embarazadas que residen legalmente. En total, 29 estados han eliminado el período de espera de cinco años. Sin embargo, Arizona no es uno de ellos.
¿Cómo puede ayudar un abogado de inmigración?
Si le han prohibido el ingreso por tres o diez años, un abogado de inmigración puede ayudarle a solicitar las exenciones necesarias para que se le levante la prohibición. Una de estas exenciones es la exención por dificultades extremas.
Exención por dificultades extremas
La exención por dificultades extremas requiere atención al detalle y una explicación detallada de las dificultades que sufriría la persona a su cargo si no se le permite ingresar a Estados Unidos. Un abogado puede ayudarle con esta exención, incluyendo cómo evitar consecuencias comunes.
Según USCIS, las consecuencias comunes son:
- Separación familiar
- Perjuicio económico
- La capacidad de buscar un empleo fructífero
- Servicios médicos inferiores
- Peores oportunidades educativas
- Dificultad para adaptarse a la vida
Si su solicitud sólo describe consecuencias comunes, probablemente no calificaría para dificultades extremas.
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